Para muchos activistas de la Comunidad GLBTTTI de Nicaragua, la entrada en vigencia del nuevo Código Penal de Nicaragua, que deroga el artículo 204 del anterior Código, es un avance legal que abre las puertas para el reconocimiento de los derechos de las personas sexualmente diversa.
El mencionado artículo penaba con tres años de cárcel, bajo la figura de sodomía, a cualquier persona que indujera, promoviera, propagandizara o practicara en forma escandalosa el concúbito entre personas del mismo sexo. Desde su inclusión en la legislatura nacional se apelo por inconsistencias y violación de otros derechos. El termino sodomía significa según el diccionario de la Real Academia Española el coito anal o las relaciones sexuales entre hombres, en todo caso la ley igual podía ser aplicada a parejas heterosexuales que practicaran el sexo anal. Por otro parte, el código limitaba el trabajo en temas de salud o ayuda social y psicológica a organismos con públicos metas GLBTTTI.
Verdadero avance
En la opinión de Ebén Díaz, Coordinador de Área de Diversidad Sexual de la Asociación de Hombres Contra la Violencia (AHCV), la eliminación del artículo representa un “aparente reconocimiento de la existencia de ciudadanos sexualmente diversos”. En una entrevista brindada por mail a espacio, Díaz consideró que en Nicaragua se esta empezando a “normalizar” la existencia de personas GLBTTTI en la comunidad, “sobre todo el reconocimiento de sus derechos humanos y su situación social, aunque una parte de este sector de la población hacía mucho tiempo que ha tomado consciencia de su problemática y situación social desventajosa aunque la gran mayoría de ese mismo sector continúa impasible, ajena e indolente ante la problemática”.
Por su parte, el Grupo Safo en una nota difundida entre la Sociedad Civil y la Comunidad GLBTTTI del país, reconocen que “la derogación del Arto. 204 es el fin de una etapa de la lucha de la población GLBTTI pero no el final; falta mucho camino que recorrer para que finalmente Gay, Lesbianas, trans, bisexuales e intersex seamos sujet@s plenos de derechos ciudadanos”. En el mismo comunicado, el Grupo Safo lamenta la panalización del aborto terapéutico y reenvindica su posición de lucha frente a esta situación y al reconocimiento de derechos plenos de las personas GLBTTTI.
Seguridad legal para ONG´s
Otro aspecto importante es la apertura legal para trabajar plenamente en temas relacionados con la Comunidad. Con anterioridad Annistia Internacional se había pronunciado sobre la situación de los Organismos pues el Arto. 204 implícitamente podía ser aplicado a sus representantes. Argelis Montano, del Área Legal del Centro para el Educación y Prevención del Sida (Cepresi), una de las instituciones pioneras en temas de Diversidad Sexual, reconoce que jurídicamente ningún organismo fue acusado pero si era una amenaza. “La realidad que ni nosotros mismo sabemos como es que hemos realizado tantas campañas, promociones, todas en contra de la Homofobía y que nunca hemos tendido ninguna acusación directa. Inclusive hemos realizado publicaciones hasta por los medio de comunicación (radio, tv, periódicos), si hemos recibido llamadas telefónicas en la que expresan desacuerdo de nuestras campaña, pero después de eso nada mas” comentó en una entrevista para espacio.
Desde la visión de Ebén Díaz, el Nuevo Codigo “fortalece legalmente el trabajo de las organizaciones que abordan el tema GLBTTTI, se dio prácticamente luz verde para hacer su trabajo sin que penda sobre ell@s la espada de Damocles” considero.
A pesar de la existencia del artículo represor de la sexualidad, Montano considera como un logro cada acción a favor de la Comunidad Sexualmente Diversa. Por su parte Díaz considera que este momento da la oportunidad para crear, afianzar y desarrollar más alianzas con países vecinos como México o Argentina, que tienen una amplia experiencia en la lucha por el reconocimiento de los ciudadanos GLBTTTI.
Ciudadanos GLBTTTI: próximo paso.
El reto de la Comunidad y los Organismos propios de la misma esta en no dejar pasar la oportunidad. Ahora es el momento de empezar a realizar un trabajo de aceptación, formación, empoderamiento y activismo desde la Comunidad, en otras palabras formar ciudadanos GLBTTTI activos. Para Díaz se debe hacer un trabajo que empiece desde las personas GLBTTTI, “debemos abordar nuestras inseguridades, debilidades y miedos personales, tanto a nivel muy individual pero también colectivo, de modo que aprendamos a vivir como seres humanos dignos y felices, en igualdad de condiciones sociales” expresó.
Cada organización, desde su área de impacto debe trabajar en post de lograr un sentimiento de orgullo en las personas GLBTTTI. En este sentido, Montano de Cepresi esta clara que se “debe concienciar a todos los miembros de la comunidad, el cuales son nuestros deberes y nuestros derecho, ya que al conocer nuestros derechos nos daremos cuentan cuando nos violentan por ende hay que promover la cultura de la denuncia”. Por su parte, Díaz de la AHCV plantea un desafió “educativo muy importante y necesario” que plantee “que no somos marcianos ni demonios del infierno, si no seres humanos que vivimos una preferencia e identidad sexual diferente”.
El mencionado artículo penaba con tres años de cárcel, bajo la figura de sodomía, a cualquier persona que indujera, promoviera, propagandizara o practicara en forma escandalosa el concúbito entre personas del mismo sexo. Desde su inclusión en la legislatura nacional se apelo por inconsistencias y violación de otros derechos. El termino sodomía significa según el diccionario de la Real Academia Española el coito anal o las relaciones sexuales entre hombres, en todo caso la ley igual podía ser aplicada a parejas heterosexuales que practicaran el sexo anal. Por otro parte, el código limitaba el trabajo en temas de salud o ayuda social y psicológica a organismos con públicos metas GLBTTTI.
Verdadero avance
En la opinión de Ebén Díaz, Coordinador de Área de Diversidad Sexual de la Asociación de Hombres Contra la Violencia (AHCV), la eliminación del artículo representa un “aparente reconocimiento de la existencia de ciudadanos sexualmente diversos”. En una entrevista brindada por mail a espacio, Díaz consideró que en Nicaragua se esta empezando a “normalizar” la existencia de personas GLBTTTI en la comunidad, “sobre todo el reconocimiento de sus derechos humanos y su situación social, aunque una parte de este sector de la población hacía mucho tiempo que ha tomado consciencia de su problemática y situación social desventajosa aunque la gran mayoría de ese mismo sector continúa impasible, ajena e indolente ante la problemática”.
Por su parte, el Grupo Safo en una nota difundida entre la Sociedad Civil y la Comunidad GLBTTTI del país, reconocen que “la derogación del Arto. 204 es el fin de una etapa de la lucha de la población GLBTTI pero no el final; falta mucho camino que recorrer para que finalmente Gay, Lesbianas, trans, bisexuales e intersex seamos sujet@s plenos de derechos ciudadanos”. En el mismo comunicado, el Grupo Safo lamenta la panalización del aborto terapéutico y reenvindica su posición de lucha frente a esta situación y al reconocimiento de derechos plenos de las personas GLBTTTI.
Seguridad legal para ONG´s
Otro aspecto importante es la apertura legal para trabajar plenamente en temas relacionados con la Comunidad. Con anterioridad Annistia Internacional se había pronunciado sobre la situación de los Organismos pues el Arto. 204 implícitamente podía ser aplicado a sus representantes. Argelis Montano, del Área Legal del Centro para el Educación y Prevención del Sida (Cepresi), una de las instituciones pioneras en temas de Diversidad Sexual, reconoce que jurídicamente ningún organismo fue acusado pero si era una amenaza. “La realidad que ni nosotros mismo sabemos como es que hemos realizado tantas campañas, promociones, todas en contra de la Homofobía y que nunca hemos tendido ninguna acusación directa. Inclusive hemos realizado publicaciones hasta por los medio de comunicación (radio, tv, periódicos), si hemos recibido llamadas telefónicas en la que expresan desacuerdo de nuestras campaña, pero después de eso nada mas” comentó en una entrevista para espacio.
Desde la visión de Ebén Díaz, el Nuevo Codigo “fortalece legalmente el trabajo de las organizaciones que abordan el tema GLBTTTI, se dio prácticamente luz verde para hacer su trabajo sin que penda sobre ell@s la espada de Damocles” considero.
A pesar de la existencia del artículo represor de la sexualidad, Montano considera como un logro cada acción a favor de la Comunidad Sexualmente Diversa. Por su parte Díaz considera que este momento da la oportunidad para crear, afianzar y desarrollar más alianzas con países vecinos como México o Argentina, que tienen una amplia experiencia en la lucha por el reconocimiento de los ciudadanos GLBTTTI.
Ciudadanos GLBTTTI: próximo paso.
El reto de la Comunidad y los Organismos propios de la misma esta en no dejar pasar la oportunidad. Ahora es el momento de empezar a realizar un trabajo de aceptación, formación, empoderamiento y activismo desde la Comunidad, en otras palabras formar ciudadanos GLBTTTI activos. Para Díaz se debe hacer un trabajo que empiece desde las personas GLBTTTI, “debemos abordar nuestras inseguridades, debilidades y miedos personales, tanto a nivel muy individual pero también colectivo, de modo que aprendamos a vivir como seres humanos dignos y felices, en igualdad de condiciones sociales” expresó.
Cada organización, desde su área de impacto debe trabajar en post de lograr un sentimiento de orgullo en las personas GLBTTTI. En este sentido, Montano de Cepresi esta clara que se “debe concienciar a todos los miembros de la comunidad, el cuales son nuestros deberes y nuestros derecho, ya que al conocer nuestros derechos nos daremos cuentan cuando nos violentan por ende hay que promover la cultura de la denuncia”. Por su parte, Díaz de la AHCV plantea un desafió “educativo muy importante y necesario” que plantee “que no somos marcianos ni demonios del infierno, si no seres humanos que vivimos una preferencia e identidad sexual diferente”.
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